- Español
- Português
Normativa
Chile
Modifica el Código del Trabajo en lo Relativo a la Participación de los Menores en Espectáculos Públicos
Ley N° 20821 (2015)
-
Objeto principal
"Los menores de dieciocho años y mayores de quince podrán actuar en espectáculos vivos que no se desarrollen en cabarets u otros establecimientos similares o en aquellos en que se expendan bebidas alcohólicas que deban ser consumidas en el mismo establecimiento, siempre que cuenten con autorización de su representante legal y del respectivo Tribunal de Familia. Esta última autorización se otorgará previa verificación del cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 13, inciso segundo y cuando dicha actuación no sea peligrosa para la salud, seguridad o moralidad del menor" (Artículo 15 bis).
-
ProgresividadProteger, promover
-
Sujetos comprendidos
Menores de edad
-
Orientación hacia grupos sujetos a protección especialMujeres, personas en situación de pobreza, residentes de zonas rurales y indígenas
-
Normas vinculadas
Artículos 13, 15 bis y 16 del Código de Trabajo
-
Políticas que promueve
No hace mención expresa
Promoción de los principios generales de la convención
-
Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrolloSí
-
Derecho a la no discriminaciónSí
-
Interés superior del niñoSí
-
Respeto a las opiniones y los sentimientos de los niños pequeñosNo hace referencia directa